I N F O RM E A N U A L 2 0 1 2
:
Informe de Gestión consolidado
:
Informe de gobierno corporativo
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Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, las facultades
conferidas en virtud de este acuerdo.
Solicitar la admisión a cotización en Bolsa de las acciones que
emita la sociedad como consecuencia de las ampliaciones de
capital que lleve a cabo el Consejo de Administración en uso de la
autorización a que se refiere el precedente acuerdo, a efectos de lo
previsto en el artículo 27 b) del Reglamento de Bolsas, según la
redacción dada al mismo por el Real Decreto 1536/81, y en los
mismos términos y condiciones que dicho artículo prevé. Expresa-
mente se acuerda que, en el caso de posterior solicitud de
exclusión de la cotización, ésta se adoptará con las mismas
formalidades, y en tal supuesto se garantizará el interés de los
accionistas que se opusieran o no votaran el acuerdo. El acuerdo
de admisión a cotización oficial declara el sometimiento a las
normas que existan o puedan dictarse en materia de Mercado de
Valores y Bolsas, y especialmente sobre contratación, permanen-
cia y exclusión de la cotización oficial.
Autorizar al Consejo de Administración para que, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 146 y concordantes del Texto Refundi-
do de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad pueda proceder,
directamente o a través de sociedades filiales, a la adquisición
derivativa de acciones propias, con sujeción a los siguientes límites
y requisitos:
Modalidades: adquisición por título de compraventa, o por
cualquier otro acto ínter vivos a título oneroso, de acciones libres
de toda carga y gravamen.
Número máximo de acciones a adquirir: acciones cuyo nominal,
sumado al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales, no
exceda del 10% del capital social de MAPFRE, S.A.
Precio mínimo y máximo de adquisición: 90% y 110%, respectiva-
mente, de su valor de cotización en la fecha de adquisición.
Duración de la autorización: cinco años a contar desde la fecha del
presente acuerdo.
La presente autorización implica la revocación de la concedida con
fecha 5 de marzo de 2011.
Igualmente, se autoriza al Consejo de Administración para delegar
a favor de la Comisión Delegada, al amparo del artículo 249.2 del
Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, las facultades
conferidas en virtud de este acuerdo.
Refrendar el Informe sobre política de retribuciones de los
consejeros que se somete a la Junta General con carácter
consultivo.
Prorrogar el nombramiento de la firma Ernst & Young, S.L.
como Auditores de Cuentas de la Sociedad, tanto para las Cuentas
Anuales Individuales como para las Cuentas Consolidadas, por un
nuevo período de un año, es decir, para el ejercicio 2012, si bien, el
nombramiento podrá ser revocado por la Junta General antes de
que finalice dicho período si mediara justa causa.
Delegar en el Consejo de Administración las más amplias
facultades para que en relación con el anterior acuerdo de
aumento de capital aprobado en esta Junta General:
a) Complete, en general, los anteriores acuerdos en cuantos
aspectos sean necesarios para su validez y ejecución.
b) Efectúe las delegaciones que considere precisas en la Comisión
Delegada de la entidad o en miembros del Consejo de
Administración.
Delegar las más amplias facultades en el Presidente y en el
Secretario del Consejo de Administración para que cualquiera de
ellos indistintamente, comparezca ante Notario y proceda a la
ejecución y elevación a público de los presentes acuerdos mediante
el otorgamiento de los documentos públicos y privados que fueren
necesarios hasta su inscripción en el Registro Mercantil; con
facultad expresa para realizar cuantas modificaciones, aclaracio-
nes, rectificaciones y subsanaciones fueren precisas o necesarias
para adaptar los acuerdos a la calificación del Registrador
Mercantil y así obtener la plena inscripción de los mismos, o la
inscripción parcial prevista en el artículo 63 del Reglamento del
Registro Mercantil.
Autorizar al Consejo de Administración para aclarar e interpre-
tar los anteriores acuerdos.
Agradecer a quienes participan en la gestión social su leal
colaboración en este ejercicio.
Asimismo, en la mencionada reunión de la Junta General de
accionistas se adoptó el siguiente acuerdo por mayoría del 80,71%,
con el voto en contra de dos accionistas representantes de 4.235
acciones (0,000138% del capital social):
Modificar el primer párrafo del artículo 1 de los estatutos
sociales, que tendrá la siguiente redacción:
Con la denominación MAPFRE, S.A. se constituye una sociedad
que se rige por estos estatutos y por la normativa aplicable a las
sociedades anónimas.
E.9 Indique si existe alguna restricción estatutaria que
establezca un número mínimo de acciones necesarias para
asistir a la Junta General:
Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General
1.500
E.10 Indique y justifique las políticas seguidas por la sociedad
referente a las delegaciones de voto en la Junta General.
La entidad no sigue ninguna política definida respecto a las
delegaciones de voto en la junta general.
E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política
de los inversores institucionales de participar o no en las
decisiones de la sociedad:
NO
1...,53,54,55,56,57,58,59,60,61,62 64,65,66,67,68,69,70,71,72,73,...257