A lo largo de toda nuestra historia, nuestros órganos de gobierno han mostrado una fuerte sensibilidad por el buen gobierno corporativo, por lo que han venido acuñando un conjunto de principios y normas que se han ido adaptando a los cambios estructurales experimentados por MAPFRE y que se encuentran recogidos en nuestros Principios Institucionales, Empresariales y Organizativos.
Consejo de Administración
Es el órgano superior de administración y supervisión del Grupo. Cuenta con una Comisión Delegada y con tres Comités Delegados: de Auditoría; Nombramientos y Retribuciones; y Riesgos y Cumplimiento. El Consejo de Administración designa los cargos de Presidente, Vicepresidentes, Consejero Independiente Coordinador y Secretario.
Comisión Delegada
Es el órgano delegado del Consejo de Administración para la alta dirección y supervisión permanente de la gestión ordinaria de la compañía y sus filiales en sus aspectos estratégicos y operativos y actúa con todas sus facultades excepto aquellas que sean legalmente indelegables. El Presidente, Vicepresidentes Primero y Segundo del Consejo de Administración de MAPFRE, S.A. son también Presidente y Vicepresidentes Primero y Segundo natos de la Comisión Delegada, que estará integrada por un máximo de 10 miembros.
Comité de Auditoría y Cumplimiento
Estará integrado por entre tres y cinco Consejeros no ejecutivos, la mayoría de los cuales deberán ser Consejeros Independientes. Uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas. Entre sus competencias están la de informar sobre el resultado de la auditoría, supervisar la eficacia del control interno, supervisar la elaboración y presentación de la información financiera, elevar propuestas para elegir al Auditor Externo y vigilar la aplicación de normas de buen gobierno, supervisar el cumplimiento de la normativa interna y externa, etc.
Comité de Nombramientos y Retribuciones
Estará integrado por entre tres y cinco Consejeros no ejecutivos, de los cuales al menos dos deben ser Consejeros Independientes. Entre sus competencias, destacan la de definir el perfil de los candidatos a cubrir una vacante en el Consejo de Administración, establecer objetivos de representación del sexo menos representado en el Consejo de Administración, elevar propuestas de nombramientos de Consejeros Independientes, proponer la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales, etc.
Comité de Riesgos
Estará integrado por entre tres y cinco Consejeros no ejecutivos. Entre sus competencias están la de apoyar y asesorar al Consejo de Administración en la definición y evaluación de las políticas de riesgos del Grupo.
Comité Ejecutivo
Es el órgano que, por encargo del Consejo de Administración, ejerce la supervisión directa de la gestión de las Unidades de Negocio y Áreas Corporativas y garantiza la actuación coordinada de las mismas.
Comité Global de Negocios
Es el encargado de analizar el desarrollo de los negocios aseguradores y de servicios de MAPFRE en el mundo, el cumplimiento de los planes establecidos y el encargado de proponer acciones de corrección y mejora de los mismos. Informará regularmente de sus propuestas y actuaciones al Comité Ejecutivo de MAPFRE.