Esta cobertura garantiza el conjunto de trabajos de obra civil e instalaciones que formen parte en la realización de la obra, contra cualquier daño material directo accidental e imprevisible, no excluidos.
Como ejemplos de ello podemos citar:
Si el contrato de obra incluye un período de mantenimiento en la obra realizada para realizar trabajos de reparaciones o ajustes necesarios, puede optarse por esta ampliación del seguro, que cubre los daños ocasionados por el contratista durante la ejecución de dichos trabajos.
Esta cobertura puede ampliarse garantizando también los daños en la construcción que tuvieron su origen durante el período de ejecución y se manifiestan posteriormente durante el período de mantenimiento.
Se cubren los daños por las mismas causas que pueden afectar a la propia construcción, sobre la maquinaria tal como grúas, excavadoras, hormigoneras, palas cargadoras, etc, y a los equipos como andamiajes, bombas, montacargas, tanques de agua, silos de cemento, etc,.
Se cubren los gastos necesarios para demoler y retirar los escombros de la propia obra causados por un siniestro indemnizable por la póliza.
Un siniestro puede causar el retraso de las obras de construcción. Mediante esta cobertura, se garantizan los costes extraordinarios que suponen el empleo de trabajadores fuera de su horario habitual para acometer los trabajos de reparación de los daños producidos por un siniestro cubierto permitiendo con ello, evitar el retraso y cumplir con el calendario previsto de finalización de la obra.
Esta cobertura garantiza a los bienes o propiedades preexistentes o adyacentes en los que se llevan a cabo los trabajos de la obra asegurada (obras de reforma, ampliación, modificación o rehabilitación), siempre que sean propiedad o se encuentren bajo custodia del contratista asegurado. Para que el siniestro sea indemnizable la causa debe ser proveniente de la ejecución de las obras de construcción aseguradas.
La Responsabilidad Civil garantiza el pago de las indemnizaciones por las que el asegurado pueda ser responsable frente a terceros, por los daños corporales o materiales que pueda causar involuntariamente originados en la ejecución de la obra asegurada.
También quedan incluidas la constitución de finanzas y las costas judiciales.
Esta garantía puede ser ampliada mediante la inclusión de la denominada Responsabilidad Civil Cruzada, en la que se da carácter de asegurados a todas y cada una de las empresas implicadas en la obra, como si éstas hubieran suscrito un seguro por separado.
También puede contratarse la Responsabilidad Civil Patronal mediante la cual se hace cargo del pago de las indemnizaciones por los daños que sufra el personal de obra incluido en nómina a causa de accidentes de trabajo.
Producto comercializado por MAPFRE EMPRESAS
Junto a los riesgos que conllevan la ejecución de cualquier obra, unido al continuo progreso de las nuevas técnicas de construcción con proyectos más audaces a la aparición de nuevos materiales, la necesidad de acortar los tiempos de ejecución hace evidente la necesidad de los promotores constructores y entidades financieras de proteger sus intereses mediante la contratación de un seguro de construcción.
Todo tipo de obras de construcción tanto obras civiles (carreteras, puentes, túneles, diques, presas, etc.), como obras de edificación (viviendas, oficinas, hoteles, centros comerciales, naves, etc.), bien se traten de obras de nueva planta como de obras de reforma, ampliación, modificación o rehabilitación sobre bienes preexistentes.
Puede ser cualquier persona física o jurídica que intervenga en la ejecución de una obra, desde el promotor hasta el contratista o constructor, contratista independiente o subcontratista.
El período de duración del seguro viene determinado por el tiempo de duración de las obras de construcción. Se inicia durante los primeros trabajos de replanteo y descarga de materiales y termina con la recepción provisional por parte del propietario.
En el caso de que, al vencimiento de la póliza, la obra no hubiera concluido, el seguro puede ampliarse por el período necesario que falte hasta su conclusión. Lógicamente ello implica una prima adicional.
El coste del seguro se determina en función de los riesgos a los que se puede ver expuesta la propia obra y de las coberturas contratadas y franquicias.
Propia obra: debe ser el valor total a la fecha de terminación de la misma. El valor final de la construcción puede variar en función de quién sea el Tomador des seguro y asegurado, pudiendo limitarse el coste de ejecución material o bien incorporar otros conceptos que forman parte del valor de la construcción (valor de ejecución por contrata, valor de adjudicación, honorarios profesionales, etc.)
Las indemnizaciones que corresponden por los siniestros incorporan sólo aquellos conceptos que hayan sido incluidos en la suma asegurada.
Ambas posibilidades son factibles, bien el aseguramiento de cada obra por póliza individual o bien la contratación de todas las obras que entren dentro de los parámetros que se establezcan en una póliza abierta, si bien en este último caso no es posible incorporar la garantía complementaria de Responsabilidad Civil que había de hacerse por póliza separada