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Empresas

Planes de Pensiones y Jubilación

Exteriorización > Características

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Los compromisos susceptibles de exteriorización deben estar vinculados a las siguientes contingencias.


  • 01
    Jubilación del trabajador o situación asimilable
    • Haber cumplido 65 años, no trabajar y no tener derecho a pensión de jubilación.

  • 02
    Invalidez
    • Invalidez Permanente Total para la profesión habitual
    • Invalidez Absoluta y Permanente para todo trabajo.
    • Gran Invalidez.

  • 03
    Fallecimiento
    • Fallecimiento del trabajador.
    • Fallecimiento del beneficiario distinto del trabajador.

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1¿Qué empresas están obligadas a exteriorizar sus compromisos por pensiones?

a) Sector Privado:

  • Personas jurídicas con nacionalidad española, con domicilio o con su principal establecimiento o explotación en territorio nacional.
  • Personas físicas en cuanto asuman con sus trabajadores compromisos por pensiones.
  • Comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica pero susceptibles de asumir con sus trabajadores compromisos por pensiones.
  • Entidades extranjeras con agencias, sucursales y establecimientos en el territorio nacional.

b) Sector Público:

  • Entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles en cuyo capital participen, directa o indirectamente, las Administraciones Públicas y entidades u organismos vinculados o dependientes de las mismas.

c) Régimen excepcional para entidades financieras:

Las Entidades de Crédito, Entidades Aseguradoras y las Sociedades y Agencias de Valores pueden mantener en fondos internos sus compromisos por pensiones asumidos con anterioridad al 10 de mayo de 1996, y exclusivamente para personal que haya ingresado en las empresas antes de entrar en vigor el Reglamento sobre la instrumentalización de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios (aprobado por Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre).

Para acogerse a este régimen excepcional deben concurrir las condiciones siguientes:

  • Que se trate de compromisos por pensiones derivados de convenio colectivo o disposición equivalente anterior al 10 de mayo de 1996.
  • Que la entidad tuviese asumido el compromiso a dicha fecha, o lo haya asumido posteriormente por subrogación, antes de entrar en vigor el Reglamento, en virtud de operaciones societarias.
  • Que a la fecha de entrada en vigor del Reglamento, los compromisos por pensiones estén instrumentados por la Entidad a través de las correspondientes provisiones o anotaciones contables, manteniendo la Entidad los recursos o la obligación o responsabilidad de los compromisos por pensiones correspondientes.
2¿A qué personal afecta la exteriorización?

La instrumentación de los compromisos por pensiones afecta a los asumidos por la empresa con su personal activo y también respecto a jubilados y beneficiarios.

Se considera personal activo a estos efectos:

  • Toda persona física que, voluntariamente, presta sus servicios retribuidos por cuenta de la empresa por una relación laboral contemplada en el Estatuto de los Trabajadores, incluidas las relaciones de carácter especial siempre que dicha relación laboral esté sometida a la legislación española.
  • Los trabajadores de una empresa en situación de excedencia o suspensión de contrato, cuando la empresa haya asumido compromisos con dicho personal.
  • Los trabajadores con los que la empresa mantenga compromisos por pensiones, aún cuando se haya extinguido la relación laboral con los mismos.
3¿Que ocurrirá si una empresa no exterioriza antes del plazo establecido?

El incumplimiento por la empresa de la obligación de exteriorizar los compromisos por pensiones asumidos, antes del plazo límite fijado el día 31 de diciembre del año 2006, constituye unainfracción en materia laboral de carácter muy grave, que conlleva las correspondientes sanciones económicas.

4¿Qué ventajas representa la implantación de un sistema voluntario de beneficios sociales para la empresa?

Las ventajas son las siguientes:

  • Beneficios fiscales importantes para la propia empresa y para el trabajador.
  • Ahorro de costes de Seguridad Social.
  • Fidelización de empleados que interese retener y vincular.
  • Gestión adecuada de la política de jubilaciones, con imparcialidad y transparencia.
  • Refuerzo de un clima laboral positivo.
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